NACIONAL

Así se permitirá el ABORTO a menores víctimas de violación sin permiso de padres

La Suprema Corte avaló la NOM046-SSA2-2005 para garantizar la interrupción del embarazo para niñas, adolescentes y mujeres adultas víctimas de violación

(Fuente: Especial)
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Escrito en CONGRESO el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) que permite a mujeres víctimas de violación, de 12 a 17 años, acceder a un aborto seguro y digno sin la autorización de sus padres. 

 

Este martes, la Corte desechó los recursos interpuestos por Aguascalientes y Baja California contra la NOM-046-SSA2-2005, donde en su momento se refirió que invadía las competencias estatales en materia penal e intervenía en los derechos de los padres. 

 

Al respecto, la norma emitida en 2009 y modificada en 2016, obliga a hospitales públicos a prestar el servicio de interrupción del embarazo a mujeres violentadas y en casos de menores de 12 a 17 años, sin la necesidad del permiso de sus padres o mandato judicial.  

 

Ante ello y tras señalar que el reglamento no invadía las competencias locales ni de patria potestad, la mayoría del pleno validó el reglamento a fin de garantizar una respuesta rápida y eficaz para la protección de los derechos de las mujeres víctimas de violación.  

 

"En los casos de violación ninguna niña puede ser obligada a ser madre, ni por el Estado ni por sus padres, madres o tutores", recalcó durante la sesión el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar.

 

Señalar que pese a que no será necesario el permiso de los padres, se deberá entregar un escrito bajo protesta de decir la verdad y en los casos de niñas menores de 12 años, sí será necesaria la entrega de un permiso emitido por los padres o tutores.